TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: COLEGIOS PUEDEN RETENER CERTIFICADOS DE ESTUDIOS POR FALTA DE PAGO 1. RESUMEN Hago referencia a una sentencia del Tribunal Constitucional del 17 de abril del 2017, quien se ha pronunciado sobre la facultad de las II EEs privadas de retener certificados a padre de familia de morosos y respecto a la atribución de los jueces de inaplicar normas vigentes a un caso concreto. Dicho expediente genera jurisprudencia sobre el tema. Así también, en el complemento de la presente se hace referencia a las consecuencias legales de retención de libreta de evaluaciones, como también la suspensión de no aplicar exámenes de evaluación a estudiantes de EBR que sus padres no están al día en el pago de pensiones escolares. 2. DESCRIPCION Según el marco legal peruano los centros educativos privados sí pueden retener certificados de estudio correspondientes a los períodos académicos que los estudiant...